[Hilo Oficial] Nintendo WiiU

Se referirá al 197 bis que dice

  1. El que por cualquier medio o procedimiento, vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, y sin estar debidamente autorizado, acceda o facilite a otro el acceso al conjunto o una parte de un sistema de información o se mantenga en él en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años.

Lo cual es increíblemente vago por una parte porque eso de que una consola sea “un sistema de información” está poco claro y “quien tenga el legitimo derecho a excluirlo” no te cuento. Estará siempre sujeto a interpretación del juez.

En todo caso yo no cuestiono que @Solid_Snake esté interpretando la ley correctamente, seguramente es un párrafo con una interpretación que se habrá hecho en medios o donde sea, que por cierto sí contiene muchos “podría”… pero ok, puede que se aplique a los casos que decimos, no lo discuto.

Eso no quita que me siga pareciendo la cuestión de fondo un error grave, una ampliación invasiva de los derechos de las compañías a costa de una vulneración de los derechos del consumidor por vía legal en toda regla, y encima con vaguedades para que no se note mucho.

Mi aparato lo he comprado con mi dinero a su fabricante y su distribuidor, lo que me da la propiedad de dicho objeto y por lo tanto debería tener la potestad de modificarlo a mi antojo. La finalidad de esa modificación no puede ser interpretada como ilegal tampoco hasta el momento en el que se produjese en el aparato una presunta reproducción ilegítima de un software con derechos de autor obtenido ilegalmente. Pero lo que no se puede es adelantar 4 pasos y presuponer un hecho delictivo de esa forma.

Y como digo de nuevo, una invitación para no adquirir consolas, que por lo visto entonces son un producto que nunca es plenamente de la propiedad del comprador, y estaría sujeto a un contrato invisible por el cual el fabricante limita las cosas que el supuesto propietario puede hacer con sus cosas en su propia casa, aun sin ánimo de lucro y sin perjuicio de terceros.

Pero bueno por mi parte ya está, tampoco es el tema del hilo, pero sí algo que me resulta chocante desde luego.

Y eso que yo no he modificado una consola, que soy inútil, ni he mandado modificar una en mi vida. Las 2 que tengo con mod las compré así, y una de ellas sin saber que lo estaba :rofl:

Pues es interesante, no había leído el 197 bis y sucesivos.

Ahí ya sí que tiene más relación con el Jailbreak. Aunque no me queda claro si está relacionado cuando el fin es el acceso a datos personales (que es lo que trata el artículo 197), o incluye el acceso a cualquier tipo de información (copyright).

Lo veo muy interpretable. Habría que ver que dice un experto o si hay alguna sentencia por hacer un Jailbreak sin ánimo de lucro al respecto.

Dejo algo de jurisprudencia que puede estar relacionado.

Estos temas los suelo seguir porque de una forma u otra me interesan y en mi mente, actualmente, la idea es que no se puede modificar ninguna consola sin el permiso del fabricante porque lleva software propietario, bien sea el sistema operativo de la consola, o su funcionamiento, tal cual fue diseñado… dicho muy a alto nivel.

Y todo esto, conste, no lo digo poniéndome del lado de las empresas ni queriendo darles razón, es algo que con las últimas reformas de las propiedades intelectuales, persecuciones de Roja Directa y demás webs de enlaces, han ido entrando a cortar los derechos de la ciudadanía. Lo cual hace que el foro pueda verse perjudicado de empezar a moverse información sensible.

Yo creo que donde más se ha hablado de este tema es en algún hilo sobre la legalidad de la emulación y la distribución de roms… si encuentro el hilo lo dejo por aquí.

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